PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE ELIMINACIÓN:
De conformidad con el Reglamento de la Ley Bitcoin, el Proveedor de Servicios de Bitcoin deberá informar de inmediato al BCR si decide interrumpir su condición de proveedor, en cuyo caso, el BCR lo eliminará del registro a más tardar en 72 horas:
· La eliminación se realiza en el “Sistema de Registro de Proveedores de Bitcoin”.
· Como primer paso el solicitante debe completar el formulario de desinscripción, que corresponda, en el “Sistema de Registro de Proveedores de Bitcoin”.
· Deberá presentar la siguiente documentación digital, mediante el Sistema de Registro de Proveedores de Bitcoin:
PERSONAS JURÍDICAS
Domiciliadas:
* Acto constitutivo, escritura de constitución, credencial u otro documento legal, debidamente inscrito en el CNR, que acredite la representación legal vigente.
* De acreditarse por medio de un apoderado, deberá incorporarse un Poder vigente del Apoderado que se obliga en nombre del Proveedor, inscrito en el CNR.
* Documentos de Identidad vigentes del Representante Legal y/o Apoderado.
* Formulario digital completamente lleno en los campos obligatorios, (posterior a ser validado por BCR, será impreso y firmado por el representante legal, para ser presentado en la ventanilla de “Registro de Proveedores de Servicios de Bitcoin”).
No Domiciliadas:
* Acto constitutivo, escritura de constitución, credencial u otro documento legal, como extracto de Registro, que acredite la representación legal vigente. debidamente inscrito en la Institución Gubernamental del país de origen.
* De acreditarse por medio de un apoderado, deberá incorporarse un Poder vigente del Apoderado que se obliga en nombre del Proveedor, inscrito en el CNR.
* Documentos de Identidad vigentes del Representante Legal y/o Apoderado.
* Formulario digital completamente lleno en los campos obligatorios, (posterior a ser validado por BCR, será impreso y firmado por el representante legal o apoderado acreditado, para ser presentado en la ventanilla de “Registro de Proveedores de Servicios de Bitcoin”).
Toda la documentación que se adjunte al Sistema de Registro de Proveedores de Bitcoin, deberá estar en idioma original y si el mismo no es el castellano debe incluirse una traducción simple.
PERSONAS NATURALES
* Documento Único de Identidad o Pasaporte.
* Formulario digital completamente lleno en los campos obligatorios, (posterior a ser validado por BCR, será impreso y firmado por el proveedor solicitante, para ser presentado en la ventanilla de “Registro de Proveedores de Servicios de Bitcoin”).
· El Banco Central de Reserva notifica al correo electrónico del enlace técnico, que puede presentar el formulario de desinscripción.
· Solicitante debe presentar de forma física, el formulario de desinscripción impreso y firmado por el Representante Legal/Apoderado o la Persona Natural, que solicita la desinscripción del registro, en la Ventanilla denominada “Registro de Proveedores de Servicios de Bitcoin”, ubicada en la primera planta del Banco Central de Reserva de El Salvador, en Alameda Juan Pablo II, entre 15 y 17 Avenida Norte, San Salvador.
· Si el formulario no es presentado por quien lo ha firmado, deberá autenticarse la firma y la calidad en que comparece quien firma el documento, todo ante notario salvadoreño.
· El Banco Central de Reserva notifica al correo electrónico del enlace técnico, sobre la finalización del proceso de desinscripción.